viernes, 15 de abril de 2022

El fracaso de la legislación universitaria (III): problemas procedimentales y el ánimo de los promotores

                                                                           Foto (*)

Por: Roberto Rondón Morales y Pedro J. Rivas (MIRADAS MULTIPLES).  

En los últimos tiempos hemos producido y publicado una serie de análisis en los cuales  se han descrito varias razones para explicar el fracaso, desde hace cuarenta años,  al intentar  aprobar una nueva legislación sobre el tema universitario (1).


Primero en  1980, con los proyecto de ley deEducación Superior;  luego  con el de  Universidades en 1996; y finalmente con el deEducación Universitaria en 2010. 

Se  ha expresado en nuestros análisis la falta de consideración de los factores históricos que han estado presentes en la elaboración de la legislación universitaria que brindan experiencias aleccionadoras. 

Desde nuestra perspectiva tampoco se  tomaron  en   cuenta principios básicos del desarrollo universitario durante siglos,como su carácter comunitario, no corporativo,  ni con   sectores y voceros internos; la democracia con asiento enlos claustros yel concepto y la práctica de la autonomía universitaria. También  han quedado por fuera el radicalismo y el sectarismo   del siglo XXI que se trató de imponer en una institución democrática, basada en el   talento y con un peso importante en el desarrollode intereses espirituales e intelectuales  de sus integrantes, y escenario para la producción de todo tipo de conocimientos e ideas,. Siendo todo lo anterior una garantía consagrada en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela  (CRBV) de 1999.  Añadido a todo lo anterior además,  no se ha tomado en cuenta, en cada uno de los proyectos legislativos fallidos, antes indicados, la falta de un acuerdo político para  la  aprobación y aplicación de las referidas legislaciones universitarias. Finalmente, se han señalado  causas derivadas de los procedimientos utilizados y del ánimo político en la sociedad, que contribuyeron  a  este fracaso legislativo en el pasado, y  que  persisten. A continuación se van a tratar otros problemas más de importancia, para la formulación de una legislación universitaria que sea exitosa en su aprobación e implementación. 

 

I. Los problemas procedimentales.

a.- El Ejecutivo Nacional, el Parlamento Nacional y las Universidades Nacionales  no  han estimulado  un debate permanente en y sobre la Universidad y su crisis, para  lograr  coincidencias y acuerdos básicos. Este debate tampoco  ha ocurrido entre los diferentes grupos de opinión dentro de la Universidad, que tienen  visiones distintas y no compartidas, por lo que se parte de una base no concertada.

b.- Las iniciativas de las  leyes las propiciaron el Ejecutivo o Legislativo Nacionales.   Se han consultado grupos   universitarios, que al final resultan minoritarios     porque  la mayoría no expresa su opinión  o parece que no le interesa el tema.  El reiterado fracaso de esta legislación y el ambiente que empeora cada vez más,   hace perder confianza y esperanza en que una nueva legislación resuelve problemas como el financiamiento, la pérdida de talento, el deterioro físico de los espacios universitarios.

c.- Las iniciativas parlamentarias se presentaron y analizaron en momentos de crisis políticas, financieras o de manifestaciones sobre la  subordinación de la Universidad al Estado, como ahora, por lo que prevalecen los términos del conflicto que se salda con la obstaculización o elusión  de las discusiones.

Por ello,  los debates se plantean  en torno a dicotomías como: legislación oportuna y  necesaria o no; autonomía- anti autonomía; universidad libre – universidad sometida; universidades únicas o diferentes entre sí, lo que también entorpece las conversaciones y acuerdos. Además,   los anteproyectos de leyes han sido muy extensos al estilo de los Códigos y han sido leyes reglamentaristas, para fines de control administrativo, lo que no es aceptado, incluso por  comprometidos con los gobiernos de turno.

d.- Aparte de que los universitarios no han sentidonecesaria su participación en las discusiones y en la redacción  de los anteproyectos de Leyes,  no han señalado con claridad  los mecanismos y modos de la prestación  de la salud, seguridad social y del trabajo de los universitarios. Adicionlmente,   se señala ambiguamente como responsables de estos aspectos a la Universidad, a las Convenciones de Trabajo y a las Leyes Nacionales del Trabajo, de la Administración Pública y de Educación, lo que genera incertidumbres sobre su futuro,   e induce actitudes reactivas y negativas a la nueva legislación.

e.- Los  títulos de los anteproyectos, Ley de Educación Superior y Ley de Educación Universitaria, eluden el de laLey de Universidades. Los  fines  de estas legislaciones son controversiales, y en medio del desacuerdo y la desconfianza,   se aprecia una intención  lesiva contra la Universidad:.

II.- Los problemas  del estado de ánimo social

 1.- El estado de ánimo de los universitarios. Este aspecto es  muy importante,  y debe ser considerado  por los promotores de la nueva legislación universitaria. Los universitarios piensan que una alternativa viable y conveniente para la Universidad, es que dado el complejo universitario de sesenta  Universidades Nacionales: Autónomas, Experimentales, no Experimentales, Especializadas y Politécnicas Territoriales, y treinta Universidades Privadas, debe regirse este Subsistema  por una Ley en la cual, el Estado fije para todas las Nacionales,  las políticas del sector universitario, sus estrategias, desarrollo,  financiamiento; evaluación y acreditación.

Pero a su vez,  dada la diferencia histórica, geopolítica, tradición,  de recursos, programas y relaciones tradicionales con la sociedad y la comunidad, la Ley debería autorizar para que las Universidades Autónomas normen su vida interior, y su funcionamiento, incluido  el aspecto electoral, sus principios y jerarquía  apoyados en el artículo 109 CRBV. Elaborarían un Estatuto Interno.

En el caso de las Universidades Nacionales no Autónomas, y mientras logran  las  condiciones exigidas en el artículo 109 CRBV 1999, su vida interna y su funcionamiento  se regirán  también por   Estatutos Internos de su creación, el Reglamento General de esta Ley Universitaria y otras disposiciones del MPP para la Educación Universitaria.

 Los universitarios creen que un planteamiento de este tipo probablemente no sea aceptado por los redactores del actual proyecto, y obviamente por la Asamblea Nacional por su pensamiento y actuación  centralizadora de poder y dominio.     Sienten los universitarios   que los gobiernos autocráticos del pasado, los democráticos posteriores  y los autoritarios de nuevo,  coincidieron    en mantener  y reforzar la centralización de las competencias públicas en el  gobierno  federal, que van desde la fijación de políticas, el establecimiento de normas técnicas, la coordinación de servicios  y sobre todo, la supervisión y el control de la vida de las instituciones universitarias. Ejercieron  de manera preferencial la competencia de control primero,   mediante la centralización de  los ingresos con la figura  del Situado Constitucional y la utilización fiscal de la Hacienda Pública, por lo que todo el sector público queda sujeto a estos mecanismos que impiden el desarrollo institucional, entre ellas, las Universidades con empresas universitarias, parques tecnológicos y distintos mecanismos de autofinanciamiento, y se encuentran con múltiples dificultades, entre ellas, procedimientos engorrosos,  para enterarlos y entregarlos al Fisco Nacional con la  consiguiente dificultad para recuperarlos; o de lo contrario, someterse a sanciones contraloras. Esto ha impedido el camino y la búsqueda  de una autosuficiencia financiera, que no la garantiza el Fisco Nacional cada vez más exhausto.

En segundo lugar, el control y dominio lo ejercen con la centralización financiera y presupuestaria, a lo que se ha agregado una  centralización administrativa con el reforzamiento de la administración pública nacional que concentra todas las competencias públicas, reafirmadas por la centralización legislativa. Las leyes se promulgan para dominio desde el centro por el Ejecutivo Nacional. 

En tercer lugar,  hay una centralización de  los beneficios, y cuando se desconcentran,  lucen como “una concesión o favorecimiento”  que se otorga a  las universidades, estados, municipios    y comunidades, no se ven como una coparticipación y una corresponsabilidad  con el gobierno.

A ello se agrega que los políticos en general,  creen perder su supervivencia política fuera de la centralización, por lo que la refuerzan expresa o tácitamente en los poderes del estado, ejecutivo, parlamentario y judicial. Las Universidades forman parte de ese esquema centralizado, a pesar de la autonomía funcional. No hay confianza  universitaria porque aprecian que las organizaciones públicas sólo  buscan o conservan el poder, y la gente  se frustra porque  tiene aspiraciones y necesidades insatisfechas, en parte por el excesivo centralismo político administrativo.

2.- El estado de ánimo de la sociedad. Tampoco la sociedad,  dentro de la cual se asienta la Universidad, ha creído en las soluciones propuestas para las crisis de la Universidad por parte del Estado porque  la sociedad en general y las personas en particular,  han caído  en una fase de descreimiento e incertidumbre. Hay un ambiente tenso por la corrupción administrativa de alto nivel,  un exagerado presidencialismo con controles constitucionales y legales que no se cumplen, una burocracia pública excesiva e ineficiente, una partidización que colonizó todos los componentes de la sociedad, una débil capacidad de intervención  de la sociedad en los asuntos públicos, tardanza y burocratismo,  en las oficinas gubernamentales, con organismos legislativos, municipales y estadales ineficientes y costosos.

 A pesar de esto,  hay universitarios que creen que la institución universitaria debe ser relegitimada de origen y ejercicio como ente público y nacional que es, pero a la vez, requiere  lineamientos de política, estrategias para su desarrollo, financiamiento, y evaluación y acreditación independiente de las instituciones para dar fe pública de su calidad, pertinencia y compromiso social. Pero, los gobiernos optan  por leyes reglamentarias para ejercer su control, en último término, control político,   lo que genera  angustia entre quienes participan,  o indiferencia en los demás cuando se habla de nueva legislación sobre la Universidad.

El Gobierno Nacional y la Asamblea Nacional tienen este dilema: una Universidad Moderna del tiempo del conocimiento, de las TIC´s, la inteligencia artificial, así como relegitimada intelectual y socialmente, o un edificio con personas cautivas por el control del autoritarismo. 

 

Notas:

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(1) Las publicaciones se pueden consultar en los siguientes link:

   a)   Sobre la nueva legislación universitaria (II).

   b)   Razón y valor de la vigente ley de universidades de 1958 (I).

Foto (*) Aula Magna de la ULA tomada de internet.


Mérida, abril de 2022

 

 

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